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PLANES DE PENSIONES ESPIRITO SANTO
FISCALIDAD GAMA ¿SABÍA QUE ...?
¿Sabía que ...?
Información General

DICCIONARIO DE TÉRMINOS

Aportación

Cuotas periódicas o únicas que abona el partícipe. En base a lo aportado, a sus rendimientos y a sus gastos se determinará la prestación que se perciba en el momento de la jubilación.

Base reguladora

Promedio de las bases de cotización durante los últimos años, actualizadas según el IPC correspondiente.

Beneficiario

Es la persona física con derecho a percibir las prestaciones a que da lugar el fondo de Pensiones. Cuando la prestación viene motivada por jubilación o invalidez, el beneficiario es el mismo que el suscriptor del fondo.

Capital (modo de prestación)

El beneficiario recibe la totalidad o parte de los derechos consolidados en un único cobro, que puede ser inmediato, en el momento en que ocurra la contingencia, o diferido en el tiempo.

Comisión de Control

Supervisa el cumplimiento de los planes de pensiones de empleo y controla las normas de funcionamiento del fondo y de los planes adscritos. Está integrada por representantes del promotor, de los partícipes y de los beneficiarios.

Contingencia

Evento que da lugar a la prestación (jubilación, fallecimiento, invalidez).

Defensor del partícipe

En los planes individuales deberá designarse por los promotores la figura del Defensor del Partícipe. Será designado una entidad o experto independiente de reconocido prestigio que decidirá sobre las reclamaciones formuladas por los partícipes o beneficiarios, contra la entidad gestora, la depositaria o el promotor. Las decisiones del Defensor del Partícipe serán vinculantes.

Derechos Consolidados

Son los derechos económicos de un partícipe, derivados de sus aportaciones al Plan de Pensiones más los rendimientos que le correspondan.

Entidad Depositaria

Es la encargada de mantener en depósito los activos integrados en el fondo de pensiones. Una misma entidad puede ser depositaria de varios fondos.

Entidad Gestora

Es la encargada de gestionar un fondo de pensiones, siempre bajo la supervisión de la comisión de control. La gestora administra el patrimonio de los clientes y lleva la contabilidad. Una entidad no puede ser gestora y depositaria al mismo tiempo.

Fondo de Pensiones

Patrimonio sin personalidad jurídica, creado para instrumentar planes de pensiones. Se integra por las aportaciones de sus miembros y los rendimientos generados por su inversión. El contrato de plan de pensiones es la forma de regular la participación de un individuo en un fondo de pensiones. El fondo es la agrupación de dinero resultante de las aportaciones de todos los partícipes, para comprar activos en mejoras condiciones de lo que podría hacerlo el inversor particular.

Partícipe

El titular de un plan de pensiones, que aprovechará las ventajas del mismo (directamente o por sus beneficiarios), tras realizar las correspondientes aportaciones.

Plan de Pensiones

Producto financiero que se constituye para dar derecho al partícipe a percibir rentas o capitales por jubilación. Se constituye a partir de las aportaciones del partícipe, que podrá realizar pagos periódicos (mensuales, trimestrales o anuales) con el objetivo de constituir un capital a largo plazo, que sólo podrá recuperar en el momento en que finalice su vida laboral activa. Que se podran recuperar en el momento que se produzca una contingencia o supuesto de liquidez.

Prestación

Cantidad percibida por el beneficiario del Plan de Pensiones una vez que se da la contingencia que da lugar a recibirla. Pueden recibirse las prestaciones en forma de capital, en forma de renta y en forma mixta (combinación de capital y renta).

Promotor

Entidad que fomenta la creación de un plan de pensiones.

Renta

Modalidad de prestación de los planes de pensiones consistente en el cobro por parte del beneficiario de dos o más pagos sucesivos con periodicidad regular, con un pago al año mínimo. Las cantidades recibidas bajo esta forma de prestación se integran en la base imponible del IRPF como rendimientos del trabajo.
Las prestaciones en forma de renta podrán ser temporales, durante un periodo estipulado de tiempo, o vitalicias, por tiempo indefinido hasta el fallecimiento del beneficiario.

Supuesto de liquidez

Evento que da lugar al cobro anticipado de los derechos consolidados (Enfermedad grave del participe o sus familiares de primer grado, paro de larga duración).

Unidades de Cuenta

Partes alícuotas en las que se divide el patrimonio de un fondo y que están sujetas a cotización o valoración.

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