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DICCIONARIO DE TÉRMINOS
Aportación
Cuotas periódicas o
únicas que abona el partícipe. En base a lo aportado, a sus
rendimientos y a sus gastos se determinará la prestación que se
perciba en el momento de la jubilación.
Base
reguladora
Promedio de las bases de cotización durante los
últimos años, actualizadas según el IPC
correspondiente.
Beneficiario
Es la persona física
con derecho a percibir las prestaciones a que da lugar el fondo de Pensiones.
Cuando la prestación viene motivada por jubilación o invalidez,
el beneficiario es el mismo que el suscriptor del fondo.
Capital
(modo de prestación)
El beneficiario recibe la totalidad o
parte de los derechos consolidados en un único cobro, que puede ser
inmediato, en el momento en que ocurra la contingencia, o diferido en el
tiempo.
Comisión de Control
Supervisa el
cumplimiento de los planes de pensiones de empleo y controla las normas de
funcionamiento del fondo y de los planes adscritos. Está integrada por
representantes del promotor, de los partícipes y de los
beneficiarios.
Contingencia
Evento que da lugar a la
prestación (jubilación, fallecimiento,
invalidez).
Defensor del partícipe
En los planes
individuales deberá designarse por los promotores la figura del Defensor
del Partícipe. Será designado una entidad o experto independiente
de reconocido prestigio que decidirá sobre las reclamaciones formuladas
por los partícipes o beneficiarios, contra la entidad gestora, la
depositaria o el promotor. Las decisiones del Defensor del Partícipe
serán vinculantes.
Derechos Consolidados
Son los
derechos económicos de un partícipe, derivados de sus
aportaciones al Plan de Pensiones más los rendimientos que le
correspondan.
Entidad Depositaria
Es la encargada de
mantener en depósito los activos integrados en el fondo de pensiones.
Una misma entidad puede ser depositaria de varios fondos.
Entidad
Gestora
Es la encargada de gestionar un fondo de pensiones, siempre
bajo la supervisión de la comisión de control. La gestora
administra el patrimonio de los clientes y lleva la contabilidad. Una entidad
no puede ser gestora y depositaria al mismo tiempo.
Fondo de
Pensiones
Patrimonio sin personalidad jurídica, creado para
instrumentar planes de pensiones. Se integra por las aportaciones de sus
miembros y los rendimientos generados por su inversión. El contrato de
plan de pensiones es la forma de regular la participación de un
individuo en un fondo de pensiones. El fondo es la agrupación de dinero
resultante de las aportaciones de todos los partícipes, para comprar
activos en mejoras condiciones de lo que podría hacerlo el inversor
particular.
Partícipe
El titular de un plan de
pensiones, que aprovechará las ventajas del mismo (directamente o por
sus beneficiarios), tras realizar las correspondientes
aportaciones.
Plan de Pensiones
Producto financiero que se
constituye para dar derecho al partícipe a percibir rentas o capitales
por jubilación. Se constituye a partir de las aportaciones del
partícipe, que podrá realizar pagos periódicos (mensuales,
trimestrales o anuales) con el objetivo de constituir un capital a largo plazo,
que sólo podrá recuperar en el momento en que finalice su vida
laboral activa. Que se podran recuperar en el momento que se produzca una
contingencia o supuesto de
liquidez.
Prestación
Cantidad percibida por el
beneficiario del Plan de Pensiones una vez que se da la contingencia que da
lugar a recibirla. Pueden recibirse las prestaciones en forma de capital, en
forma de renta y en forma mixta (combinación de capital y
renta).
Promotor
Entidad que fomenta la creación de
un plan de pensiones.
Renta
Modalidad de prestación
de los planes de pensiones consistente en el cobro por parte del beneficiario
de dos o más pagos sucesivos con periodicidad regular, con un pago al
año mínimo. Las cantidades recibidas bajo esta forma de
prestación se integran en la base imponible del IRPF como rendimientos
del trabajo. Las prestaciones en forma de renta podrán ser
temporales, durante un periodo estipulado de tiempo, o vitalicias, por tiempo
indefinido hasta el fallecimiento del beneficiario.
Supuesto de
liquidez
Evento que da lugar al cobro anticipado de los derechos
consolidados (Enfermedad grave del participe o sus familiares de primer grado,
paro de larga duración).
Unidades de Cuenta
Partes
alícuotas en las que se divide el patrimonio de un fondo y que
están sujetas a cotización o valoración. |